Hola Mundo!

•octubre 7, 2010 • 1 comentario

Binvenidos a mi blog!

Soy Isabel Espínola, alumna del colegio Salesiano San Juan Bosco de Granada.

Este blog es un ejercicio de la clase de Proyecto Integrado, en el que voy a tratar el artículo número 23 de la Declaración de Valencia, cuyo títular es:

«La obligación y la responsabilidad de prohibir e impedir la esclavitud y las instituciones prácticas y análogas a la esclavitud
“1 Los estados tienen la obligación y la responsabilidad primordiales de tomar todas las medidas necesarias para proteger a todos los que se hallen dentro de su territorio o bajo su jurisdicción para impedir la esclavitud y prácticas análogas a la esclavitud, incluyendo la prostitución infantil, la explotación infantil, la prostitución forzosa, la servidumbre por deudas, la servidumbre y otras formas de trabajo forzoso incompatibles con el derecho internacional. Tales medidas deben incluir las siguientes:
a) declarar tales prácticas como penales y merecedoras de castigo;
b) establecer controles eficaces en los puntos pertinentes de entrada y de salida del territorio para impedir el tráfico ilegal de personas;
c) cooperar en el plano subregional, regional e internacional para impedir y poner término a tales prácticas, incluyendo la cooperación entre los organismos que se ocupan del cumplimiento de la ley para desmantelar las redes nacionales, regionales e internacionales de tráfico;
d) establecer programas de formación destinados a crear una mayor conciencia, respecto a las prácticas análogas a la esclavitud, entre los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley y otros funcionarios pertinentes;
e) crear una mayor conciencia pública mediante la educación y los programas públicos acerca de los abusos de los derechos humanos relacionados con tales prácticas.
2 Las personas y los agentes no estatales tienen la obligación y la responsabilidad de no condonar, apoyar o de cualquier manera participar en prácticas de esclavitud o en prácticas análogas a la esclavitud.
3 Las organizaciones intergubernamentales competentes y las organizaciones no gubernamentales pertinentes tienen la obligación de observar el cumplimiento por parte de los estados de sus obligaciones y las responsabilidades de impedir y castigar la esclavitud y las prácticas análogas a la esclavitud y deben promover la conciencia pública de tales prácticas.”

 

Extraído de Wikipedia.

Ninguna Esclavitud

•marzo 10, 2011 • Deja un comentario

Que no sea de otro quien puede ser dueño de sí mismo.

•enero 10, 2011 • Deja un comentario

¿Cómo pasa una persona a ser esclavo en la Antigüedad?

•diciembre 2, 2010 • Deja un comentario

Las más antiguas de las causas de la esclavitud, tanto en Grecia como en Roma, fue la captura de prisioneros en el curso de una guerra. En las relaciones bélicas el vencedor se convertía en dueño y señor absoluto de los bienes y de las personas del pueblo vencido, y el vencido, normalmente era esclavizado y vendido como tal esclavo. Esta forma de esclavización hacia que el número de esclavos disponibles en los mercados variaran en función de actividad militar. Pero no todos los esclavos fueron cautivos, también es frecuente encontrar como origen de ésta la venta de un hombre por sí mismo. Los hijos de padres esclavos o madre esclava eran esclavos por esta razón. Los niños que nacían libres podían convertirse en esclavos ya que padres indigentes a menudo recurrían a uno de estos dos métodos para deshacerse de los hijos que no podían mantener: la venta y el abandono, aunque las leyes lo prohibían. Un método más cruel y más directo era el abandono de los hijos no deseados, que con mayor frecuencia eran niñas, los salvadores tenían el derecho a criar al niño y quedárselo como esclavo. Los niños desamparados también podían ser víctimas del secuestro por los tratantes de esclavos. No sólo los niños nacidos libres afrontaban la amenaza de la esclavitud; los adultos también podían perder su libertad por diversas razones. Una de ellas era una sentencia legal, a menudo por impagos de impuestos, lo que implicaba la pérdida de la ciudadanía. En Grecia, desde Solón, esta última modalidad no estaba permitida; el deudor no podía ser reducido a esclavitud, pero el acreedor que hubiera pagado el rescate de un prisionero y que no lograra reembolsarse de él, podía tomar al prisionero como esclavo. El indigente podía ofrecerse en prenda como precio de una existencia prolongada. Los adultos, al igual que los niños, podían caer en manos de los secuestradores y ser vendidos como esclavos, pero probar su ciudadanía era suficiente para recuperar la libertad.
La importación de esclavos llegó a convertirse en Grecia en el tercer producto de importación en el orden de importancia, éstos procedían en su mayoría de las regiones orientales, Caria y Cilicia, regiones del Ponto y también del norte del Egeo, especialmente Tracia. Igualmente el tráfico de esclavos también adquirió unas dimensiones considerables en Roma, especialmente durante la República, alimentado por los piratas; el principal mercado de esclavos era Delos, en donde a finales del siglo II llegaron a venderse hasta 10000 esclavos cada día. Aunque en la antigua Grecia el número de esclavos no fue nunca muy numeroso, en el siglo VIII a. C., ya existía un mercado de esclavos que se llamaba Lemnos el cual era alimentado sobre todo por los fenicios.

Jose Antonio Fernández Cáceres

Mis pequeñas manos son la producción de miles de juguetes con los que podrán jugar… niños como yo

•octubre 15, 2010 • Deja un comentario

•octubre 14, 2010 • Deja un comentario